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Fe, Ley y diversidad: la lucha por la dignidad LGTB+ en Malasia (Parte 1)

María Fernanda Gutiérrez Barrera

La diversidad sexo genérica y el islam: imaginarios y percepciones

De acuerdo con datos de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales (ILGA) la actualidad, 64 países en el mundo criminalizan de manera explícita las relaciones entre personas del mismo sexo –y al menos 10 penalizan también la transexualidad– de estos, 13 tienen al islam como religión oficial[1].

A pesar de esto, la persecución y criminalización de las disidencias sexuales dentro del islam es reciente y su origen se rastrea a la época de colonización y sincretismo que Occidente llevó a cabo en las naciones musulmanas. Basta con acercarnos a textos clásicos como el Dar al- Islam para darnos cuenta de que las prácticas sexuales y románticas gestadas entre personas del mismo sexo eran socialmente aceptadas y abordadas con naturalidad en la vida pública, la literatura y las artes.

Esta criminalización llevada a cabo por autoridades religiosas –y reproducida por la comunidad-– según Prado (2006) se basa en dos argumentos. El primero se trata de la supuesta condena establecida desde el Qur’án, que relata desde sus aleyas las transgresiones cometidas por la gente de Lot. El segundo se considera el matrimonio heterosexual como la base del equilibrio y el orden ideal dentro de la sociedad islámica y con roles establecidos y distribuidos en hombre y mujer.

La concepción binaria –presente en múltiples religiones– y la complementariedad de los sexos a nivel espiritual, predispone a los individuos a pertenecer en polaridades distintas, pero entrelazadas (femenino/masculino). La homosexualidad, en este sentido, representa una amenaza a este equilibrio al impedir que la unión (sexual, afectiva y espiritual) no se concrete e incluso atente contra el derecho fundamental del matrimonio.

Además, el islam, al establecer normas de conducta éticas y principios en los que las normas se respaldan, predispone a la profesión de la fe como un pilar fundamental al proclamar la unicidad entre Allah con su omnipresencia, omnipotencia y omnisciencia con le individux per se. Es entonces que lo otorgado y dictado por Dios (Allah) no puede ser incorrecto, en concordancia con Castillo Toro (2017):

Dada la omnipresencia, omnisciencia y omnipotencia creadora de Allah junto con el deseo de dar lo mejor a su pueblo, el islam considera que Dios confiere un sexo determinado en base a una predestinación o enseñanza en vida que le desee dar al creyente. De esta manera, la distinción biológica, emocional y sexual -deseo sexual- de los sexos son una “guía” u orientación empírica del camino que cualquier musulmán debe seguir. (p.10)

En consecuencia, lxs individuxs no heternormativos se ven obligadxs –tanto por la comunidad como por decisión propia– a convertir su sexualidad, sus vínculos y su identidad en una cuestión privada. Al no acatar el mandato divino mediante la profesión correcta de la fe, el mantenimiento del equilibrio y armonía a través del matrimonio y la fusión de “dos energías”, ni el seguimiento del rol que le es propio, lxs individuxs quedan excluidos las dinámicas sociales y familiares.

La religión en Malasia

En primera instancia, es importante destacar que Malasia es un Estado confesional, el cual ha declarado constitucionalmente la creencia y el apoyo al islam en su variante sunita –reconociendo que todo malayo es musulmán por ley– y, que advierte Domínguez Cortina, establece un marco legal ligado a los valores propios islámicos.

De conformidad con la Constitución de Malasia, el gobernante de cada estado (con algunas excepciones) es la autoridad islámica de mayor rango en ese estado. Las cuestiones religiosas pertenecen al país en su conjunto y son decididas por la Conferencia de Gobernantes y un Consejo de Asuntos Religiosos. (1998, p.6)

Cabe recalcar que el sistema legal dual de Malasia es parte de un legado del colonialismo gestado en la región y los intercambios culturales entre Asia Continental y el Sudeste Asiático a través de los migrantes y los comerciantes. Durante la colonización, se mantuvieron algunos aspectos de la ley islámica para regular la vida de los musulmanes a la par que introducían principios del derecho europeo. Esto produjo un sistema legal híbrido que hasta el día de hoy persiste y ha generado tensiones entre la modernización legal y los preceptos religiosos.

A pesar de que la identidad malaya está intrínsecamente ligada al islam, la Constitución malaya establece ciertos derechos relacionados con la libertad religiosa. Esta libertad, si bien es reconocida en su Constitución, consta de ciertas restricciones para aquellos considerados como no bumiputera –término que se refiere a aquellas etnias no nativas, como la china o la india, quienes suelen ejercer religiones distintas al islam–. (Domínguez Cortina, 2017)

Mientras que los malayos musulmanes tienen bajo ley obligaciones y derechos especiales, así como cortes e instituciones tributarias específicas y privilegiadas, los malayos no musulmanes enfrentan discriminación y limitaciones para ejercer sus prácticas religiosas, acceder a la justicia e incluso formar parte de la sociedad malaya, pues el marco legal está diseñado para favorecer al islam. En cuestiones legales, es el derecho civil quien regula a la población no musulmana y la Ley Sharia a la población (aplicable en temas como el matrimonio, el divorcio, la herencia y la sexualidad).

Por otro lado, el creciente nacionalismo religioso ha influido en las políticas del país, pues promueve una agenda que favorece a los musulmanes malayos en detrimento de las minorías religiosas. Este fenómeno ha sido acompañado por un discurso anti-nomusulmán emitido desde la sociedad como por una justificación por parte de las autoridades respecto a acciones represivas contra aquellos que desafían la norma y valores islámicos.

¿Diversidad sexogenérica en Malasia?

De acuerdo con la Encuesta Global LGBT+ Pride 2021 (Ipsos, 2021) el 33% de la población adulta malaya no puede o no quiere expresar su orientación sexual, la mayor parte de la población general se niega a que exista un reconocimiento legal de las relaciones entre personas del mismo tiempo. Al menos un 65% de la población se opone a que las personas LGBT+ demuestren afecto en público. El 27% apoya que se generen leyes que prohíban la discriminación contra las personas LGBT+ en el empleo, acceso a educación, vivienda o servicios sociales, y en general, se muestran opositores a la participación de atletas transgénero que competencias representando al género con el que se identifican.

En resumen, estas cifras demuestran la estigmatización, la discriminación y la criminalización hacia la comunidad LGBT+ en Malasia como una constante que flagela los derechos humanos, el libre desarrollo de las personas y menoscaba su autonomía y dignidad, pues se percibe a las personas disidentes como inmorales y antinaturales, no dignas de respeto y reconocimiento.

Como hemos revisado, el islam malasio obliga a cada integrante de la etnia malaya a adherirse a sus enseñanzas sin cometer tropiezos. En consecuencia, la Sharia establece como ilegal e inmoral la existencia de relaciones entre personas del mismo sexo o la expresión del género del sexo opuesto, las cuales, en caso de cometerse, traerán consigo severas sanciones, entre las que destacan las penas de hasta 30 años en prisión y los castigos físicos (Medina, 2022).

Además, el discurso político ha deslegitimado y marginalizado a la población LGBT+, condenándoles a vivir desprotegidos, sin acceso a servicios de salud y vivienda dignos, a una educación de calidad, e incluso a acceder a la protección legal en caso de algún atentado contra su persona.

Esta criminalización ha creado un ambiente hostil para las personas disidentes, quienes, además de enfrentar la discriminación institucional –a nivel educativo, médico y de seguridad–, enfrentan la discriminación social y el rechazo familiar. Por si fuera poco, la represión del Estado –con el objetivo de erradicar a este sector– se ha visto reflejada en la implementación de terapias de conversión[2] obligatorias, castigos físicos y redadas policiales para atrapar a las personas pertenecientes a la comunidad LGTB+ musulmana.

Estas medidas han demostrado tener consecuencias devastadoras en la vida de las disidencias. A nivel individual, quienes son sometidxs a estas prácticas experimentan traumas irreversibles, expresados desde el daño físico hasta trastornos relacionados a la salud mental como la depresión o ansiedad. La deshumanización provocada a partir de estas experiencias refuerza la autoalienación del individux, llevándole a un aislamiento social e incluso a intentos de suicidio.

Por su parte, a nivel comunitario identificamos cierto desaliento ante la posibilidad de crear espacios seguros, dejando a las personas LGBT+ en una situación de vulnerabilidad constante al limitar la organización política y el activismo. Del mismo modo, la legitimación de estas prácticas por parte del Estado perpetúa un ciclo de violencia estructural que valida el estigma social y refuerza las políticas punitivas y de exclusión en todos los niveles de la vida pública.

Tal es el caso de Sameera Krishnan, quien fue asesinada de Kuantan en 2017. La policía local determinó que el asesinato no correspondía a un crimen de odio, mientras que en los medios de comunicación se le hizo missgender[3], tratando la noticia desde el amarillismo, la insensibilidad y revictimización de la comunidad trans (AWAN, 2017)

Referencias:

Amnistía Internacional. (2019). “Malasia: Los azotes con vara a cuatro hombres, una advertencia terrible a las personas LGBTI”. Amnistía Internacional España – Derechos humanos. https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/noticias/noticia/articulo/malasia-los-azotes-con-vara-a-cuatro-hombres-una-advertencia-terrible-a-las-personas-lgbti/

Amnistía Internacional. (2021). Malasia: La flagelación con vara de dos mujeres, un día aciago para los derechos humanos. https://www.amnesty.org/es/latest/press- release/2018/09/malaysia-caning-of-two-women-a-terrible-day-for-human-rights/

Castillo Toro, F. (2017). Sombras desvirtuadas del islam. Imaginarios sociales de la homosexualidad femenina y masculina en la interseccionalidad religión/género/sexualidad en Santiago de Chile. Universidad Alberto Hurtado; Chile. pp. 1-10. https://iguales.cl/wp-content/uploads/2016/01/Castillo.pdf

CNN Español. (2023). “Mapa mundial de la homofobia: 64 países criminalizan las relaciones entre personas del mismo sexo. Mapa mundial de la homofobia: 64 países criminalizan las relaciones entre personas del mismo sexo”. CNN Español. https://cnnespanol.cnn.com/2023/06/08/homofobia-paises-criminalizan-relaciones-personas-mismo-sexo-orix

Danelutti, Q. (2020). Religión en Malasia: entre la letra de la ley y la práctica. GEIRSA. https://geirprecsur.wordpress.com/2020/12/17/religion-en-malasia-entre-la-letra-de-la-ley- y-la-practica/

Domínguez Cortina, Z.M. (1998). “Islam, sociedad y política en Malasia”. Revista Iztapalapa UAM. pp. 197-218. Islam, sociedad y política en Malasia | Iztapalapa Revista de Ciencias Sociales y Humanidades

Goh, J.N. (2018). Facultamiento transgresivo: Queerificando las espiritualidades de las mak nyahs de la Fundación PT en Kuala Lumpur, Malasia. Conexión Queer: Revista Latinoamericana y Caribeña de Teologías Queer. Vol. 1, pp.89-115. https://repository.usfca.edu/conexionqueer/vol1/iss1/4

Human Rights Watch (2020) “Transgender   Woman            Murdered        in         Malaysia”. Human     Rights Watch. https://www.hrw.org/news/2017/02/24/transgender-woman-murdered-malaysia

Ipsos. (2021). Encuesta Global LGBT+ PRIDE 2021. https://www.ipsos.com/sites/default/files/2021-06/LGBT%2B%20Pride%202021%20-%20Global%20Advisor%20Ipsos.pdf

Kaur, M. (2004). La lucha contra la transfobia en Malasia: Un imperativo de derechos humanos. OpenGlobalRights. https://www.openglobalrights.org/fighting-transphobia-malaysia-human-rights-imperative/?lang=Spanish

Luhur, W, Brown, T, Goh, J. (2020) Public opinion of transgender rights in Malaysia. School of Law    : Williams Institute UCLA. https://williamsinstitute.law.ucla.edu/wp- content/uploads/Public-Opinion-Trans-Malaysia-English-Sep-2020.pdf

Medina, P. (2022). “El Gobierno de Malasia condena la diversidad sexual: ‘Ser gay aquí me convierte en un criminal’”. El País. https://elpais.com/planeta-futuro/2022-08-24/el- gobierno-de-malasia-condena-la-diversidad-sexual-ser-gay-aqui-me-convierte-en-un- criminal.html

Prado,  A. (2006). Homosexualidad en el islam.  https://www.oozebap.org/text/homosexualidad_islam.html

The Human Rights Commission of Malaysia (Suhakam) (2019) “Study on discrimination against transgender persons based in Kuala Lumpur and Selangor. (Right to education, employment, helthcare, housing and dignity). Suhakam https://www.42d.org/2020/12/22/study-on-discrimnation-against-transgender-persons-based-in-kuala-lumpur-and-selangor-right-to-education-employment-health-care-housing-and-dignity/

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