Por David Vilchis
Aunque tanto el enfoque estatista como el enfoque básico de sociedad civil reconocen la presencia de la religión en el espacio público y buscan garantizar los derechos sexuales y reproductivos sin concesiones amplias a la objeción religiosa, la diferencia central radica en el grado de intervención del Estado. En el modelo estatista, el Estado regula estrictamente la participación de las organizaciones religiosas, aplicando de manera uniforme las leyes sin otorgar excepciones y negando acreditaciones a instituciones que no cumplan con normativas antidiscriminatorias. En contraste, el enfoque básico de sociedad civil adopta una postura más flexible al permitir algunas exenciones religiosas, aunque impide que las organizaciones que discriminen accedan a fondos públicos.
En contraste, el enfoque de sociedad civil robusta acepta una presencia amplia de la religión en la esfera pública, reconociendo su influencia en la configuración de valores y normativas sociales. Desde esta perspectiva, la neutralidad estatal no implica la restricción de las organizaciones religiosas, sino su inclusión como actores legítimos que pueden acceder a financiamiento público sin que sus creencias sean un criterio de exclusión. Así, incluso aquellas instituciones que sostienen posturas contrarias a los derechos LGBTQ+ pueden recibir fondos estatales, bajo el argumento de que la protección de la libertad religiosa es tan fundamental como la defensa de los derechos sexuales y reproductivos. Este modelo busca equilibrar ambas dimensiones sin que una prevalezca sobre la otra, permitiendo que las organizaciones religiosas operen conforme a sus principios mientras el Estado se abstiene de intervenir en sus decisiones doctrinales, siempre que no incurran en violaciones explícitas de la ley.
Así, las distintas interpretaciones de la neutralidad estatal reflejan los supuestos culturales y políticos sobre el papel de la religión en la sociedad. Mientras algunos modelos abogan por una separación estricta entre la religión y el Estado, otros permiten una mayor presencia de lo religioso en la esfera pública, con distintos niveles de regulación. En el centro del debate se encuentra la cuestión de si el Estado debe priorizar la protección de los derechos LGBTQ+ sobre las convicciones religiosas o, en su lugar, buscar un equilibrio que permita la convivencia de ambas dimensiones sin que una anule a la otra. La respuesta a esta disyuntiva depende de la concepción que se tenga sobre los derechos fundamentales y de la manera en que cada sociedad valore la relación entre pluralismo, libertad religiosa y derechos sexuales y reproductivos.
Referencias
Clark, E. A. (2018). Neutrality, public space, and discrimination by religious organizations in the United States. Quaderni di Diritto e Politica Ecclesiastica, 1, 113–130. https://doi.org/10.1440/89930
Vaggione, J. M. (2018). Sexuality, Law, and Religion in Latin America: Frameworks in Tension. Religion and Gender, 8(1), 14-31. https://doi.org/10.18352/rg.10246